000 | 05539nam a22002897a 4500 | ||
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003 | OSt | ||
005 | 20241115111125.0 | ||
008 | 231121b |||||||| |||| 00| 0 eng d | ||
040 |
_aBiblioteca Especializada de Derecho _cBiblioteca Especializada de Derecho _eRDA |
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041 |
_aspa _hspa |
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043 | _as-per | ||
082 |
_221 _b346.01 |
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092 |
_a346.01 _SE77c |
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100 |
_aEspinoza, E. Juan _eAutor _91770 |
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245 |
_aLa Capacidad Civil de las Personas Naturrales _bTutela Jurídica de los Sujetos Bébiles |
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250 | _aPrimera edicion; | ||
260 |
_aPeru; _bGrijley; _c1998; |
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300 |
_a174 Páginas; _bTapa flexible; _c20.5 x 14.5 Centimetros; _fImpreso; _gPequeño; |
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336 |
_2rda conten _aTexto _btxt |
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505 | _aPrologo -- Introducción. -- CAPITULO I SOBRE LA NECESIDAD DE REDIMENSIONAR LOS CONCEPTOS TRADICIONALES -- 1.1. Identidad entre los conceptos de subjetividad, personalidad y capacidad -- 1.2. La delimitación de los alcances del binomio capacidad jurídica-capacidad de obrar. La capacidad natural -- 1.3. Sujetos sometidos a protección jurídica: el menor de edad -- 1.4. Sigue. Los disminuidos psíquicos: hacia una igualdad efectiva en la tutela de sus intereses. El requisito de la habitualidad -- 1.5. Sigue. Hacia una óptica personalista que tutele a los pródigos frente a una tradicional visión patrimonialista -- 1.6. La crisis de los instrumentos tradicionales que regulan el actuar jurídicamente relevante de los sujetos sometidos a protección especial -- 1.7. Hacia una tutela respetuosa de la dignidad de los disminuidos -- CAPITULO 11 LA EXPERIENCIA JURÍDICA COMPARADA -- 2.1. Tratamiento jurídico de la capacidad en algunos formantes legislativos del Sistema Jurídico Latinoamericano..... -- 2.2. La reforma francesa. -- 2.3. La reforma española -- 2.4. La reforma austríaca. -- 2.5. La reforma alemana - 2.6. El código civil holandés -- 2.7. El código civil de Mongolia -- 2.8. Hacia la previa autodeterminación en el tratamiento que se deba dar para el propio estado de restricción de la capacidad: el modelo diseñado por el código civil del Québec -- a) Aspectos comunes sobre los regímenes de protección.. -- b) El Curador Público. -- c) La curatela de las personas mayores de edad. -- d) La tutela de las personas mayores de edad. -- e) Los consejeros de las personas mayores de edad. -- f) El mandato otorgado en previsión de la propia incapacidad. -- g) Los modelos jurídicos circulantes en los Estados Unidos de Norteamérica y en Argentina.. -- CAPITULO III TRATAMIENTO JURÍDICO DE LA CAPACIDAD EN LA EXPERIENCIA JURÍDICA NACIONAL -- 3.1. La doctrina nacional -- 3.2. La Constitución -- 3.3. El código civil peruano -- 3.4. Sigue: la valorización del discernimiento en el código civil peruano -- 3.5. Legislación especial -- 3.6. Breve reseña jurisprudencial -- CAPITULO IV HACIA UNA INTERPRETACIÓN CREATIVA DEL INSTRUMENTARIO JURÍDICO RELATIVO A LA CAPACIDAD Y UNA REFORMULACION DE LOS MODELOS LEGISLATIVOS EXISTENTES -- 4.1. La evolución de los modelos jurídicos en materia de capa- cidad a través de la lectura de nuestros códigos civiles -- 4.2. Hacia la interpretación de las normas que posibilite una efectiva inserción en la sociedad al sujeto con capacidad restringida y sobre su necesaria reforma -- Conclusiones. -- Anexos -- 1. Anteproyecto de institución de la administración de soste- nimiento en favor de personas imposibilitadas para proveer al cuidado de sus propios intereses -- 2. Anteproyecto de ley de autodeterminación en el tratamiento para el propio estado de capacidad restringida. -- 3. Modelo de Escritura de lege ferenda de nombramiento de curador o de administrador de sostenimiento -- 4. Propuesta de modificación de los artículos del Código Civil que regulan la capacidad de las personas. -- Bibliografía | ||
520 | _aSe desarrolla por el autor con gran soltura, que implica conocimiento, el panorama de la legislación comparada y se muestra la orientación liberal de las legislaciones más recientes, en particular señalo la austríaca, la alemana y la de Québec, así como el interesante proyecto italiano que recoge muchas de las preocupaciones actuales. Pero, quizá lo más importante del trabajo de Espinoza, son sus propuestas para la reforma del Código Civil de su país, ensamblados y apoyándolas en el contexto general del orden constitucional. Estas propuestas, dignas de ser pensadas y la mayoría de las cuales -ya lo dije- puedo suscribir, tienen la virtud de no dejar vacíos ni resquicios en el orden jurídico interno, modificando las normas que hacen referencia por alguno u otro motivo a los débiles e incapaces. Es mucho de lo que esta obra proyecta y propone. Pero debe insistir, ha sido orientada desde un principio a comprender el trata- miento actual de los incapaces en temporáneas posibilidades de mejoría que dan un punto de vista muy particular a las soluciones, la verdadera situación social que los circunda, y la imprescindible ubi- cación jurídica de protección y de liberación, como una finalidad que debe constituirse a toda hora, lo que no era por cierto el punto de mira de las viejas concepciones, desentendidas del status y la capacitate de los débiles, ineptos y disminuidos. | ||
521 | _aA estudiantes universitarios, docentesd, lectores y profesionales de la Carrera de Derecho. | ||
650 | _2Derecho Civil | ||
653 | _aNATURALES, BIOLOGIA, ARMONÍA, EQUILIBRIO, ENTORNO, MESERIA. | ||
658 |
_aJurídica _bTutela |
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942 |
_2ddc _cBK _n0 _e21 |
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999 |
_c4569 _d4569 |